DECRETO PRESIDENCIAL N° 2252
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el numeral 8 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado, determina que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley, dictar decretos supremos y resoluciones.
Que el Artículo 5 del
Decreto Supremo Nº 25350, de 8 de abril de 1999, establece que son Decretos Presidenciales, aquellas disposiciones que aprueba el Presidente de la República actual Presidente del Estado Plurinacional, para regular materias que conforme a la Constitución o a las leyes corresponden a su competencia.
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, fue transformada y fortalecida por la nacionalización de los hidrocarburos, en la cual tuvo participación activa el Lic. Carlos Villegas Quiroga, como Presidente Ejecutivo Interino de dicha empresa, consolidándola como una entidad corporativa de carácter estratégica. Asimismo incentivó y llevó adelante el proceso de industrialización de los hidrocarburos; producto del cual, hoy las bolivianas y los bolivianos gozamos de la redistribución económica de los recursos.
Que el Lic. Carlos Villegas Quiroga, no obstante de encontrarse con la salud quebrantada no dejo de cumplir sus funciones como Presidente Ejecutivo Interino, demostrando su compromiso con el pueblo boliviano, por ello ante su ...
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