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DECRETO LEY No 7551 del 20 de Marzo de 1966 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Prohibe construcción, de huevas viviendas en los sectores aledaños al Cerro Rico de Potosí y al denominado Cerro Chico.



DECRETO LEY Nº 07551
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO


CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de un mayor movimiento económico la ciudad de Potosí está extendiendo su radio urbano sin el debido control técnico y municipal, dando lugar, en esta forma, a que algunos sectores de población hayan avanzado sobre zonas mineralizadas del Cerro Rico y el denominado Cerro Chico.
Que es deber del Estado por intermedio de las Alcaldías Municipales regular y racionalizar las edificaciones dentro de normas técnicas y legales, salvaguardando derechos constituídos así como los que corresponden a la minería privada y nacionalizada que, por las construcciones indiscriminadas, se verán afectadas, perdiéndose sectores de trabajo y fuentes de ingreso para la econonomía nacional.
Que el loteo y construcción de viviendas particulares sobre yacimientos, además de interferir las labores normales de explotación, sirve de medio para el establecimiento de negocios de rescate ilegal, siendo, por lo tanto, necesario adoptar medidas que garanticen el libre desarrollo de las actividades de explotación de la Corporación Minera de Bolivia y de las empresas privadas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se prohibe la construcción de nuevas viviendas en los sectores aledaños al Cerro Rico de Potosí y al denominado Cerro Chico, limitándose éstas a las actualmente existentes, las que ...

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