Prórroga hasta el 30 de junio de 1969 el plazo otorgado a los Bancos y Compañías de Seguro para que constituyan los capitales mínimos pagados en la proporción establecila en el Decreto Supremo Nº 6172/2 de 3 de agosto de 1962.
Créase la Comisión Nacional encargada de elaborar un plan de estudios del sistema hidrológico del Lago Titicaca, del Río Desaguadero, del Mauri y otros afluentes y estudios para el aprovechamiento conjunto de las aguas internacionales de la Cuenca.
Amplíase la composición del "COMITE PRO-DEFENSIVOS" DE LA CIUDAD DE COCHABAMBA" a que se refiere el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 08346, con un Representante del "Comité Cuarto Centenario de Cochabamba", que formará parte de aquél, en calidad de Vocal.
Autorizase a la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad la realización de un sorteo extraordinario, cuyas utilidades se destinan a la creación de un "Fondo de Auxilio" para los familiares desamparados de los caídos en la lucha antiguerrillera
Autorizase a los Ministerios de Obras Públicas y de Educación como a las Juntas de Almonedas Departamentales de Cochabamba y Santa Cruz, la adjudicación de reparaciones escolares en estos distritos y en las localidades de Vallegrande- Roboré y Puerto Suárez, a empresas o constructores-albañiles calificados, por contratos directos cuyos costos y precios no sobrepasen los límites de los presupuestos y los correspondientes pliegos de especializaciones.