Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos conceder al Sindicato Petrolero de Cochabamba un préstamo por la suma de trescientos cincuenta mil pesos bolivianos ($b. 350.000.-) de los fondos que corresponde a sus trabajadores por la recaudación del impuesto del 2% sobre el precio de venta de gasolina.
Encomiéndase al Ministerio de Educación y Bellas Artes, en coordinación con los Ministerios de Gobierno y del Trabajo, la defensa de la niñez y de la juventud asegurando su formación moral, en cumplimiento del Código de Educación y otras disposiciones legales que precautelan la moral pública y las buenas costumbres.
Declárase de necesidad y utilidad pública, la expropiación de 4,000 metros cuadrados de terreno, situado entre las calles, Claudio Sanjinés, Víctor Eduardo y Saavedra de esta ciudad, cuyas colindancias se tienen señaladas, con destino a la construcción de un local para el Colegio Secundario Nacional "Felipe Segundo Guzmán", de La Paz.
Como aporte del Supremo Gobierno de la Nación se destina en propiedad un lote de terreno de 2.200 m2 (dos mil doscientos metros cuadrados) ubicado en el Hospital General de Miraflores de esta ciudad, con un valor de ciento cincuenta pesos bolivianos ($b. 150.-) por unidad o sea de trescientos treinta mil pesos bolivianos ($b. 330.000.-) de valor total, para la construcción del edificio del Instituto Nacional de Salud Ocupacional, dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Concédese pensión vitalicia a favor de la señora HILDA ROCA vda. De RODRÍGUEZ, en la suma de bolivianos seiscientos mil (600.000.-) mensual, en mérito de que el que fue su esposo General de Brigada Dn. Jorge Rodríguez Hurtado, presto eminentes servicios a la Patria en épocas de paz y guerra y asimismo, por haber sido un pionero e impulsor del deporte boliviano.
En sustitución de todo gravamen nacional, departamental y municipal y de recargos sobre el mismo, se establece el impuesto único de TRESCIENTOS BOLIVIANOS por botella de 66 centilitros o de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVIANOS por litro de chicha consumida en los departamentos de Cochabamba y Chuquisaca.
Se destina el impuesto sucesorio de la señora Doña Esperanza Morales viuda de Navajas, a obras públicas urbanas, por órgano de la H. Municipalidad de Tarija.