DECRETO SUPREMO N° 2093
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo II del Artículo 49 de la
Constitución Política del Estado, determina que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales.
Que el Artículo 123 del
Texto Constitucional, establece que la ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabajadores.
Que el
Decreto Supremo N° 0078, de 15 de abril de 2009, crea la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”, determina su naturaleza jurídica, objeto, patrimonio; y establece la conformación y atribuciones de su Directorio y de su Gerente General.
Que el
Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, modificado por el
Decreto Supremo N° 1097, de 7 de diciembre de 2011, crea el Ministerio de Comunicación, señalando que la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV” se encuentra bajo su tuición.
Que el
Decreto Supremo N° 2002, de 16 de mayo de 2014, tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas del nivel ...
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