DECRETO SUPREMO Nº 27172
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el inciso h) del Artículo 7 de la Constitución Política del Estado, establece que las personas tienen derecho a formular peticiones individual y colectivamente.
Que la
Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, reglamenta el ejercicio del derecho constitucional de las personas a formular peticiones a las autoridades públicas, particularmente en el ámbito del Poder Ejecutivo y de los Sistemas de Regulación SIRESE, SIREFI Y SIRENARE.
Que la citada Ley en el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Primera, encomienda al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos y, de la Presidencia de la República, la presentación de proyectos de reglamentos para cada sistema de organización administrativa, dentro del plazo máximo de ocho (8) meses computables a partir de su promulgación.
Que el Ministerio de la Presidencia ha presentado al Consejo de Gabinete, el Proyecto de Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial SIRESE que contiene las disposiciones reglamentarias necesarias y convenientes para la mejor ejecución y cumplimiento de la ley, en función de las prácticas y procedimientos especiales que caracterizan a este sistema de organización administrativa.
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
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