EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 67 del
Decreto Supremo Nº 21060, de 29 de agosto de 1985, establece los días feriados con suspensión de actividades públicas y privadas los días domingo, además de las fechas: 1 de enero, lunes y martes de carnaval, viernes santo, 1 de mayo, Corpus Cristhi, 6 de agosto, 1 de noviembre, 25 de diciembre y en cada Departamento la fecha de su efemérides.
Que el Artículo 19 de la
Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, establece que las actividades administrativas en las entidades públicas se efectuarán en días hábiles.
Que el 18 de diciembre de 2005 el pueblo boliviano logra un triunfo democrático histórico dando inicio a la Revolución Democrática y Cultural en Bolivia.
Que el 22 de enero de 2006, Evo Morales Ayma asume la conducción del Estado en representación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
Que el 22 de enero de 2010 se instituye el Estado Plurinacional de acuerdo con la
Constitución Política del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.-
I. Se decreta el 22 de enero de cada año, como día de la Fundación del Estado Plurinacional de Bolivia.
II. Asimismo, ...
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