DECRETO SUPREMO Nº 27477
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1678 de 15 de diciembre de 1995 - Ley de la
Persona con Discapacidad, establece los derechos, deberes y
garantías de las personas con discapacidad, estantes y
habitantes en el territorio de la República.
QUE EL ARTÍCULO 5 DE LA MENCIONADA DISPOSICIÓN LEGAL,
.- determina que las personas con discapacidad gozan de los
derechos y garantías reconocidos por la Constitución Política
del Estado y otras disposiciones legales.
QUE EL INCISO H) DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY DE LA PERSONA
.- con Discapacidad, establece el derecho de las personas con
discapacidad al trabajo remunerado en el marco de lo dispuesto
por la Ley General del Trabajo; derecho que tiene carácter de
irrenunciabilidad por disposición de la misma norma legal.
Que el Ministerio de Trabajo tiene la responsabilidad de
formular políticas sociales para que el conjunto de la
población acceda a condiciones dignas y humanas de trabajo.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E ...
Hay 1276 palabras restantes para leer que son aproximadamente 6 páginas ...