Decreto Supremo Nº 26150
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en virtud a lo dispuesto por la
Ley Nº 1788 de Organización del Poder Ejecutivo, la Administración del Registro de Comercio constituye una competencia nacional, cuyo ejercicio se encomienda al Servicio Nacional de Registro de Comercio.
Que la
Ley Nº 2064 de 3 de abril de 2000 autoriza al Poder Ejecutivo a licitar, adjudicar y suscribir contratos de servicios con personas colectivas de derecho privado, con o sin fines de lucro, para realizar labores de administración de las actividades del Servicio Nacional de Registro de Comercio, sin que tal facultad signifique desprendimiento o enajenación de la potestad normativa, reguladora y sancionadora del Estado.
Que el
Decreto Supremo Nº 25960, reglamentando el artículo 64 de la
Ley Nº 2064, establece la forma de transferencia de las actividades del SENAREC al sector privado y determina las actividades que serán objeto de concesión.
Que en Reunión Nº 11/01 del 29 de marzo de 2001 el Consejo Nacional de Política Económica (CONAPE) ha aprobado la estrategia de transferencia de la administración de actividades del Servicio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC) al sector privado, la cual difiere de lo dispuesto por el
Decreto Supremo Nº 25960.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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