DECRETO SUPREMO Nº 10070
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Gobierno proteger y conservar la flora y la fauna nativa en vías de extinción, así como los eco-sistemas en sus rangos naturales de producción;
Que, por la excesiva caza, muchas formas biológicas se hallan al borde del exterminio, entre las que se puede mencionar la vicuña y el complejo de fauna y flora del altiplano boliviano, preocupación que ha rebasado las fronteras nacionales y se ha generalizado en el mundo;
Que, en el país existe legislación que prohibe la caza y el comercio de la vicuña y sus derivados, y que esta legislación en el pasado no ha sido eficientemente aplicada en la práctica;
Que, el
Decreto Ley Nº 09195 de 30 de abril de 1970, en forma general se refiere a la conservación, control y defensa de la fauna silvestre, siendo necesario tomar las medidas que el caso requiere, para la defensa de los recursos vivos de la Nación;
Que, al presente, con asistencia de la Sociedad Zoológica de Frankfurt se ha dotado de la infraestructura adecuada y eficaz para la implantación de la primera Reserva Nacional de Fauna en el país, la que fundamentalmente persigue la protección a la vicuña y colateralmente la conservación del complejo de flora y fauna de las tierras ...
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