LEY No 1392 LEY DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2021 del 08 de Septiembre de 2021 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY PARA LA DEVOLUCIÓN PARCIAL O TOTAL DE APORTES
LEY N° 1392
LEY DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2021
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY PARA LA DEVOLUCIÓN PARCIAL O TOTAL DE APORTES
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto establecer de manera excepcional y por única vez, la devolución de aportes de las cuentas personales previsionales del Sistema Integral de Pensiones de las y los asegurados, para cubrir sus necesidades emergentes de la pandemia COVID-19.
ARTÍCULO 2. (DEVOLUCIÓN PARCIAL O TOTAL DE LOS APORTES).
Se establece de manera excepcional y por única vez, para las y los asegurados del Sistema Integral de Pensiones - SIP, de manera voluntaria, la devolución parcial o total de aportes, de acuerdo a lo siguiente:
a) Devolución parcial de hasta el quince por ciento (15%) de su saldo acumulado, para aquellos que tengan en su Cuenta Personal Previsional un monto menor o igual a Bs100.000.- (Cien Mil 00/100 Bolivianos), independientemente de su edad;
b) Devolución parcial de hasta Bs15.000.- (Quince Mil 00/100 Bolivianos) de su saldo acumulado, para aquellos que tengan en su Cuenta Personal Previsional un monto mayor a Bs100.000.- (Cien Mil 00/100 Bolivianos), independientemente de su edad;
c) Devolución total del ...
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