LEY No 3494 del 18 Octubre 2006 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se declara de prioridad regional y departamental la ejecución de varias obras priorizadas por los municipios del Departamento de La Paz, las mismas que serán ejecutadas de forma conjunta por la Prefectura del Departamento.
LEY Nº 3494 LEY DE 18 DE OCTUBRE DE 2006
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Se declara de prioridad regional y departamental la ejecución de las siguientes obras priorizadas por los municipios del Departamento de La Paz, las mismas que serán ejecutadas de forma conjunta por la Prefectura con los Gobiernos Municipales beneficiados:
1. Segunda fase Parque Urbano Central de la ciudad de La Paz.
2. Asfaltado Cruce Santiago de Callapa a la Población.
3. Asfaltado Avenida de ingreso a Laja.
4. Asfaltado Avenida de ingreso a Pucarani
5. Asfaltado Avenida Sorata del Municipio de Achacachi.
6. Asfaltado de la Avenida Samuel Tejerina Avenida Ernesto Puente del Municipio de Sorata.
7. Asfaltado Mallasilla Achocalla Molino Andino
8. Asfaltado ingreso a Batallas (Avenida La Paz y Avenida Mariscal Santa Cruz).
9. Construcción del Estadio de Coripata.
10. Construcción del Coliseo del Municipio de Apolo.
11. Construcción Circuito y Complejo Turístico, Ecológico, Museográfico, Ferroviario y Lacustre de Guaqui.