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LEY No 2316 del 23 Enero 2002 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Insértase en el Artículo 14º el parágrafo III de la Ley Nº 2028, de Municipalidades, de 28 de octubre de 1999.


LEY Nº 2316
LEY DE 23 DE ENERO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Insértase en el Artículo 14º (Elección de la Directiva), de la Ley Nº 2028, de Municipalidades, de 28 de octubre de 1999, el siguiente parágrafo:

"III. Los Concejales que integran las Directivas del Concejo Municipal y de las
Comisiones, durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelectos, en la
forma establecida por la presente Ley y Reglamento Interno del Concejo
Municipal".

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil dos años.

Fdo. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Rubén E. Poma Rojas, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil dos años.

FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira , Mario Serrate Ruiz, Ramiro ...

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