LEY del 16 de Octubre de 1925 - 3 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: PRÉSTAMO.-AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A AMPLIAR HASTA LA CANTIDAD DE 2.500,000.- BS. EL PRÉSTAMO AUTORIZADO POR LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1923 CON DESTINO A LA PAVIMENTACIÓN DE LA PAZ.
LEY DE 16 DE OCTUBRE
PRÉSTAMO.-Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar hasta la cantidad de 2.500,000.- Bs. el préstamo autorizado por Ley de 26 de noviembre de 1923 con destino a la pavimentación de La Paz.
FELIPE GUZMAN PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar hasta la cantidad de dos millones y medio de bolivianos (Bs. 2.500,000.-) el préstamo interno destinado a la pavimentación de la ciudad de La Paz, que fué autorizado por ley de 26 de noviembre de 1923. El servicio de intereses y amortización se hará con los recurso fijados por la indicada ley.
ARTÍCULO 2º- Se consigna en el presupuesto departamental de La Paz, la suma de cincuenta mil bolivianos, con destino al servicio del referido empréstito.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 13 de octubre de 1925.
JOSE Q. MENDOZA.-FLAVIO ABASTOFLOR.
Damián Z. Rejas, S. S.-Ernesto Prudencio, D. S.-Salomón A. Nogales, D. S.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 16 días del mes de octubre de mil novecientos veinticinco años.
F. ...
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