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DECRETO SUPREMO No 26370 del 24 Octubre 2001 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Reglamentar la implementación de la Política Nacional de Compensación en el marco de la Ley Nº 2235, Ley de Diálogo Nacional 2000.


Decreto Supremo Nº 26370

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1551 de Participación Popular asigna recursos de coparticipación a los municipios y establece los mecanismos participativos desde los niveles locales, favoreciendo los instrumentos políticos y económicos necesarios para perfeccionar la democracia representativa.

Que la Ley Nº 1654 de Descentralización Administrativa asigna recursos a las Prefecturas y establece los mecanismos de relacionamiento con los niveles locales.

Que mediante Decreto Supremo Nº 25441, se crea el Directorio Único de Fondos, y que a través del Decreto Supremo Nº 25882, se define a dicho Directorio como una institución descentralizada, de derecho público, bajo tuición del Presidente de la República, con personería jurídica y estructura propia, competencia de ámbito nacional, autonomía de gestión técnica, administrativa y patrimonio propio.

Que la Ley Nº 2235, Ley del Diálogo Nacional establece que el Directorio del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS) es el Directorio Único de Fondos (DUF), definiendo además las competencias y responsabilidades en materia de financiamiento subnacional.

Que es necesario reglamentar la aplicación e implantación de la Política Nacional de Compensación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. (Objeto) El presente Decreto ...

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