DECRETO SUPREMO Nº 25837
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 25836 de 7 de julio de 2000 aprobó la suscripción de un contrato entre las empresas productoras de petróleo, la Empresa Boliviana de Refinación S.A. y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para la estabilización de los precios finales máximos de la gasolina especial y el diesel oíl.
Que el
Decreto Supremo Nº 25836 antes citado también estableció la metodología de cálculo temporal de los precios finales máximos de la gasolina especial y del diesel oíl y los mecanismos que posibilitan el cumplimiento de los términos y condiciones del contrato.
Que habiéndose suscrito el contrato en fecha 7 de julio de 2000 es necesario proceder a su homologación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO UNICO.- (Homologación) Homológase el contrato y todos sus anexos suscrito entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), las empresas productoras de petróleo Empresa Petrolera Andina S.A., Empresa Petrolera Chaco S.A., Maxus Bolivia Inc., Tesoro Bolivian Petroleum Company, Perez Companc S.A. Sucursal Bolivia y BHP Boliviana de Petróleo, Inc. y la Empresa Boliviana de Refinación S.A. de fecha 7 de julio de 2000, que forman parte integrante e inseparable del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en ...
Hay 134 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...