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DECRETO SUPREMO No 20302 del 22 de Junio de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se deternina el pago provisional anticipado de gravámenes Aduaneros, a importaciones realizadas con divisas concedidas por el Bco. Central.


DECRETO SUPREMO No. 20302

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de la Junta Monetaria No. 0012-84 de fecha 27 de abril de 1984 se determino el pago provisional anticipado de gravámenes aduaneros y del impuesto interno sobre ventas para todas las operaciones de importación que se realicen con divisas concedidas por el Banco Central de Bolivia.

Que es deber del Gobierno Constitucional de la República establecer los mecanismos necesarios para proporcionar una mejor y más pronta liquidez de los ingresos del Tesoro General de la Nación a fin de que pueda cumplir oportunamente con sus obligaciones.

Que es urgencia complementar la política cambiaria adoptando medidas que posibiliten un control riguroso y oportuno sobre el uso de las divisas concedidas para la importación de mercaderías en general.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA :

ARTÍCULO 1.-

A partir de la fecha se determina el pago provisional anticipado de gravámenes aduaneros y del impuesto interno sobre ventas para todas las operaciones de importación que se realicen con divisas concedidas por el Banco Central de Bolivia.

ARTÍCULO 2.-

Dicho pago provisional anticipado deberá efectuarse en base a una liquidación Pro-Forma efectuada por Agente Aduanero afianzado y en cuentas Especiales del Banco Central de Bolivia, ...

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