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DECRETO SUPREMO No 19632 del 28 de Junio de 1983 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Modifícanse los artículos 48,49,50,51,54,63,71,72, y 73 del D.L. No. 18792 de 5 de enero de 1982.


DECRETO SUPREMO Nº 19632
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Ley No 18792 de 5 de enero de 1982, se estableció en el país el nuevo Régimen de Impuesto a la Renta de Personas Naturales y Sucesiones Indivisas, con el propósito de racionalizar la carga impositiva de los contribuyentes.
Que debido a las medidas de política económica adoptadas por el Supremo Gobierno, a partir del 5 de febrero de 1982, se han modificado los niveles generales de precios y salarios, distorsionando los principios de equidad y justicia tributaria propuestos en la citada norma legal, fue necesario efectuar ajustes periódicos con la finalidad de atenuar la carga impositiva, para lo cual se promulgaron el Decretó Ley No 18989 de 14 de junio de 1982 y los Decretos Supremos Nos. 19271 de 5 de noviembre de 1982, 19336 de 14 de diciembre de 1982 y 19374 de 10 de enero de 1983.
Que al haberse promulgado disposiciones legales que establecen una nueva política económica de ajustes periódicos y graduales, se hace necesario efectuar una modificación en los niveles tributarios del impuesto a la Renta de las Personas Naturales y Sucesiones Indivisas, compatible con la nueva realidad económica del país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:


ARTICULO PRIMERO.- Modifícase los artículos 48, 49, 50, 51, 54, ...

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