DECRETO PRESIDENCIAL N° 4882
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 251 de la
Constitución Política del Estado, dispone que la Policía Boliviana como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano; ejerciendo la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Nacional y las demás leyes del Estado.
Que el Artículo 252 del
Texto Constitucional, establece que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Parágrafo II del Artículo 33 de la
Ley N° 1387, de 16 de agosto de 2021, de Carrera de Generales y de Ascensos de la Policía Boliviana, dispone que la o el Comandante General de la Policía Boliviana, será designada o designado por la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme lo establece el numeral 18 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado.
Que el Artículo 32 de la
Ley N° 1387, señala los cargos para el grado de generales de acuerdo a su estructura ...
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