LEY No 369 del 01 de Mayo de 2013 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley general de las personas adultas mayores
LEY Nº 369
LEY DE 1º DE MAYO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
LEY GENERAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. (OBJETO).-
La presente Ley tiene por objeto regular los derechos, garantías y deberes de las personas adultas mayores, así como la institucionalidad para su protección.
Artículo 2. (TITULARES DE DERECHOS).-
Son titulares de los derechos las personas adultas mayores de sesenta (60) o más años de edad, en el territorio boliviano.
Artículo 3. (PRINCIPIOS).-
La presente Ley se rige por los siguientes principios:
1. No Discriminación. Busca prevenir y erradicar toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos fundamentales y libertades de las personas adultas mayores.
2. No Violencia. Busca prevenir y erradicar toda conducta que cause lesión interna o externa, o cualquier otro tipo de maltrato que afecte la integridad física, psicológica, sexual y moral de las personas adultas mayores.
3. Descolonización. Busca desmontar estructuras de desigualdad, discriminación, ...
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