LEY Nº 1770 de 10 de marzo 1997 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de Arbitraje y Conciliación (original sin modificaciones)
LEY Nº 1770
LEY DE 10 DE MARZO DE 1997
GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DE ARBITRAJE Y CONCILIACION
TITULO PRELIMINAR
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. (Ámbito normativo).-
Esta Ley establece la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que facultativamente pueden adoptar los sujetos jurídicos antes de someter sus litigios a los tribunales ordinarios e inclusive durante su tramitación judicial.
ARTICULO 2. (Principios).-
Los siguientes principios regirán al arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias:
1. PRINCIPIO DE LIBERTAD, que consiste en el reconocimiento de facultades potestativas a las partes para adoptar medios alternativos al proceso judicial para la resolución de controversias.
2. PRINCIPIO DE FLEXIBILIDAD, que consiste en el establecimiento de actuaciones informales, adaptables y simples.
3. PRINCIPIO DE PRIVACIDAD, que consiste en el mantenimiento obligatorio de la necesaria reserva y confidencialidad.
4. PRINCIPIO DE IDONEIDAD, que consiste en la capacidad para desempeñarse como árbitro o conciliador.
5. PRINCIPIO DE CELERIDAD, que consiste en la continuidad de los procedimientos para ...
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