Decreto Supremo Nº 29483
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, aprueba el Plan Nacional de Desarrollo y establece como prioridad del Estado, la Seguridad y la Soberanía Alimentaria del país.
Que el
Decreto Supremo Nº 29438 de 12 de febrero de 2008, declara Situación de desastre nacional ante la presencia del "Fenómeno de La Niña 2007 - 2008", que ha ocasionado daños graves en diferentes regiones del país, afectando la producción agropecuaria, lo cual genera situaciones de desabastecimiento y alza de precios de los principales productos de la canasta familiar.
Que el Artículo 137 del Reglamento a la Ley General de Aduanas aprobado por
Decreto Supremo Nº 25870 de 11 de agosto de 2000, faculta a la Aduana Nacional al comiso inmediato de las mercancías prohibidas de exportación para su posterior disposición ante autoridad u organismo nacional competente, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Que el
Decreto Supremo Nº 29460 de 27 de febrero de 2008 complementado por el
Decreto Supremo Nº 29480 de 19 de marzo de 2008, entre otras medidas, prohíbe la exportación de productos alimenticios correspondientes a las subpartidas arancelarias descritas en su Anexo 2, y pretende reforzar los mecanismos de coordinación institucional entre las Fuerzas ...
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