Decreto Supremo Nº 26378
ENRIQUE TORO TEJADA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Seguridad Social en el país de conformidad con el Parágrafo II, Artículo 158 de la
Ley Nº 1615 de 6 de febrero de 1995 -Constitución Política del Estado, establece que los regímenes de seguridad social se sustentarán en los principios de solidaridad, universalidad, unida de gestión, economía, oportunidad y eficacia.
Que el Artículo 43 del
Decreto Supremo Nº 25055 de 23 de mayo de 1998, establece como instancia de coordinación y concertación a los Consejos Interinstitucionales, los que tendrán la finalidad de abrir espacios de diálogo y coordinación entre el Gobierno y las organizaciones económicas y sociales, los mismos que serán creados por Decreto Supremo.
Que se hace necesario implementar un proceso de modernización de la Caja Nacional de Salud - CNS, como ente gestor del Seguro a corto plazo a favor de los trabajadores asalariados del país.
Que el Gobierno Nacional en convenio con la Central Obrera Boliviana, ha decidido llevar adelante el proceso de Institucionalización y Fortalecimiento de la Caja Nacional de Salud - CNS, mediante un proceso de consolidación.
Que para llevar adelante el fortalecimiento y la Institucionalización se hace necesario dictar 1a correspondiente norma jurídica dentro los marcos de la modernización.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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