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DECRETO LEY No 14379 del 25 de Febrero de 1977 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Apruébase y promúlgase como Ley de la República el Código de Comercio en su Título Preliminar y sus cuatro libros con 1.693 Artículos y cinco disposiciones transitorias.


Código de Comercio

CÓDIGO DE COMERCIO

Título Preliminar
Disposiciones generales

ARTÍCULO 1. (Alcance de la Ley)

El Código de Comercio regula las relaciones jurídicas derivadas de la actividad comercial. En los casos no regulados expresamente, se aplicarán por analogía las normas de este Código y, en su defecto, las del Código Civil.

ARTÍCULO 2. (Jurisdiccion y competencia)

Las causas mercantiles son de la jurisdicción y competencia de los jueces ordinarios, conforme a las previsiones de la Ley de Organización Judicial.

ARTÍCULO 3. (Ley Procedimental)

Los trámites de procedimiento no regulados por este Código ni por leyes especiales, se sujeta a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.

ARTÍCULO 4. (Concepto de comerciante)

Comerciante es la persona habitualmente dedicada a realizar cualquier actividad comercial, con fines de lucro. La calidad de comerciante se la adquiere aún en el caso de que la actividad comercial sea ejercida mediante mandatario, intermediario o interpósita persona.

ARTÍCULO 5. (Comerciante) Pueden ser comerciantes:

1) Las personas naturales con capacidad para contratar y obligarse, y

2) Las personas jurídicas constituidas en sociedades comerciales. Las sociedades comerciales con domicilio principal en el exterior y establecidas con sujeción a sus leyes, quedan sometidas a las disposiciones de éste Código y demás leyes relativas para operar válidamente ...

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