PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS O MEMORIA ANUAL
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 10.0014.08
La Paz, 11 de abril de 2008
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 36 del
Decreto Supremo Nº 24051 Reglamento del Impuesto sobre las
Utilidades de las Empresas, dispone que todos los sujetos pasivos del IUE obligados a llevar
registros contables deben presentar junto a su declaración jurada en formulario oficial los
Estados Financieros, en los plazos dispuestos en el Artículo 39 de la misma norma legal.
Asimismo los artículos 1 y 3 del
Decreto Supremo Nº 26226 de 21 de junio de 2001,
facultan a la Administración Tributaria a definir, reglamentar la forma, plazo y condiciones
de presentación de Estados Financieros con Dictamen de Auditoría Externa.
Que en aplicación del Artículo 48 del
Decreto Supremo Nº 24051 se establece que la
Administración Tributaria pondrá en vigencia con carácter general mediante normas
administrativas pertinentes la aplicación de Normas Técnicas que emita el Consejo Técnico
Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia previa autorización
de ...
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