RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 05-0012-01
La Paz, 30 de marzo de 2001
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el
Decreto Supremo Nº 25322 de 5 de marzo de 1999 y la Resolución Administrativa Nº 05-0044-00 de 27 de
diciembre de 2000, ampliaron el plazo del empadronamiento, el pago y la liquidación del Impuesto al Régimen Agropecuario
Unificado (RAU).
Que, no obstante las ampliaciones de plazo, la Administración Tributaria por circunstancias de carácter técnico
administrativo no pudo concluir con la implementación de los sistemas para el empadronamiento y la recaudación del
Régimen Agropecuario Unificado.
Que, los sujetos pasivos del RAU han solicitado a las Direcciones Distritales mayor diferimiento en el plazo para el
pago de este impuesto; ante dicha petición, se hace necesario dar curso a estas solicitudes.
POR TANTO:
El Servicio Nacional de Impuestos Internos, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 127º del Código Tributario.
RESUELVE:
Prorrogar el plazo para el pago del Impuesto al Régimen Agropecuario Unificado correspondiente a las gestiones 1995
y 1996 hasta el 29 de junio de 2001 y las gestiones 1997 y 1998 hasta el 30 de julio de 2001.
Regístrese, comuníquese y hágase saber.
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