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LEY No 781 del 11 de Febrero de 2016 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declara de prioridad nacional, la construcción de la "CARRETERA INTERNACIONAL SANTA CRUZ", en sus Tramos A y B


Ley Nº 781

LEY DE 11 DE FEBRERO DE 2016
EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1.-
Se declara de prioridad nacional, la construcción de la “Carretera Internacional Santa Cruz”, en sus Tramos A y B.
El Tramo “A” comprende la Circunvalación entre la Carretera Doble Vía La Guardia Km-13, a la carretera Doble Via Cotoca Noveno Anillo; el Tramo “B” comprende desde la Refinería Palmasola, a la Carretera Camiri (Localidad Peji).

Artículo 2.-

El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, y las Entidades Territoriales Autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias, quedan encargados de gestionar los recursos económicos necesarios para la construcción de la “Carretera lntemacional Santa Cruz”, así como de la elaboración del Diseño Técnico de Preinversión para los Tramos A y B.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil quince.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, Man’a Argene ...

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