LEY No 1223 del 05 de Septiembre de 2019 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY DEL CÁNCER.
LEY N° 1223
LEY DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL CÁNCER
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
El objeto de la presente Ley es garantizar el acceso universal e integral de las personas con cáncer, mediante la prestación de servicios de vigilancia epidemiológica, promoción, prevención, detección temprana, atención, tratamiento y cuidados paliativos, incluyendo acciones intersectoriales y transdiciplinarias, de manera progresiva y paulatina, de acuerdo al perfil epidemiológico y al financiamiento existente en el marco del Sistema Único de Salud y los principios establecidos en la Ley N° 1152 de 20 de febrero de 2019, “Hacia el Sistema Único de Salud Universal y Gratuito”.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
La presente Ley es aplicable en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 3. (FINALIDAD).
La presente Ley tiene como finalidad reducir la morbilidad y mortalidad por cáncer.
ARTÍCULO 4. (DEFINICIONES).
A los efectos de la presente Ley, se establecen las siguientes definiciones:
Atención. Acto que se brinda a los pacientes, su familia y la comunidad, mediante la promoción, ...
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