LEY Nº 483
LEY DE 25 DE ENERO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
LEY DEL NOTARIADO PLURINACIONAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES
ARTÍCULO 1. (OBJETO).-
La presente Ley tiene por objeto establecer la organización del Notariado Plurinacional y regular el ejercicio del servicio notarial.
ARTÍCULO 2. (PRINCIPIOS Y FINES). -
I. Los principios que rigen la presente Ley son:
1. Interculturalidad: El servicio notarial se sustenta en el reconocimiento, la expresión y la convivencia de la diversidad cultural, institucional, normativa y lingüística y el ejercicio de los derechos individuales y colectivos garantizados en la
Constitución Política del Estado, conformando una sociedad basada en el respeto y la igualdad entre todos, para Vivir Bien;
2. Servicio a la sociedad: El desempeño del servicio notarial se realiza en el marco de la atención a la población con calidad y calidez, además de respetar y preservar el interés colectivo;
3. Integridad: Por el que se asumen y promueven los principios ético-morales de la sociedad ...
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