LEY No 477 del 30 de Diciembre de 2013 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY CONTRA EL AVASALLAMIENTO Y TRAFICO DE TIERRAS.
LEY Nº 477
LEY DE 30 DE DICIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA :
LEY CONTRA EL AVASALLAMIENTO Y TRÁFICO DE TIERRAS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º (OBJETO).-
La presente Ley tiene por objeto:
1. Establecer el régimen jurisdiccional que permita al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras.
2. Modificar el Código Penal incorporando nuevos tipos penales contra el avasallamiento y tráfico de tierras en el área urbana o rural.
ARTÍCULO 2º (FINALIDAD).-
La presente Ley tiene por finalidad precautelar el derecho propietario, el interés público, la soberanía y seguridad alimentaria, la capacidad de uso mayor y evitar los asentamientos irregulares de poblaciones.
ARTÍCULO 3º (AVASALLAMIENTO).-
Para fines de esta Ley, se entiende por avasallamiento las invasiones u ocupaciones de hecho, así como la ejecución de trabajos o mejoras, con incursión violenta o pacífica, temporal o continua, de una o varias personas que no acrediten derecho de propiedad, posesión legal, derechos o autorizaciones sobre propiedades privadas individuales, colectivas, bienes de patrimonio ...
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