LEY Nº 4021
LEY DE 14 DE ABRIL DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
REGIMEN ELECTORAL TRANSITORIO
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
ALCANCE, PRINCIPIOS Y GARANTÍAS FUNDAMENTALES
ARTÍCULO 1 (FUNDAMENTO).- La presente Ley se funda en la disposición transitoria primera de la
Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 2 (ALCANCE LEGAL).-
I. Esta Ley regula el procedimiento, desarrollo, vigilancia y control del proceso electoral para la constitución de la Asamblea Legislativa Plurinacional, elección de la Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente y autoridades departamentales y municipales, en las elecciones del 6 de diciembre de 2009 y en las elecciones del 4 de abril de 2010; además de los referendos autonómicos, la elección de asambleístas departamentales y Consejeros Departamentales para los fines establecidos en la presente ley.
II. En todo lo que no se encuentre regulado por la presente Ley, tendrá vigencia y aplicación el Código Electoral (Ley No.1984 de 25 de junio de 1999 TEXTO ORDENADO con las modificaciones efectuadas por las Leyes Nos. 2006, 2028, 2232, 2282, 2346, 2802, 2874, 3015, ...
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