LEY Nº 339
LEY DE 31 DE ENERO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
LEY DE DELIMITACIÓN DE UNIDADES TERRITORIALES
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO, COMPETENCIA, NATURALEZA JURÍDICA Y FINALIDADES
ARTÍCULO 1. (OBJETO DE LA LEY).-
La presente Ley tiene por objeto establecer el procedimiento para la delimitación de unidades territoriales.
ARTÍCULO 2. (ASIGNACIÓN COMPETENCIAL).-
Se asigna la competencia de delimitación de las unidades territoriales como competencia exclusiva del nivel central del Estado, establecida en el parágrafo II del Artículo 297 de la
Constitución Política del Estado, y la cláusula residual establecida en el Artículo 72 de la
Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
ARTÍCULO 3. (DELEGACIÓN COMPETENCIAL).-
I. Se delega la facultad ejecutiva de la competencia citada en el Artículo anterior a los gobiernos autónomos departamentales, para tramitar los procedimientos administrativos de delimitación de unidades territoriales intradepartamentales que no comprometan límites interdepartamentales.
II. Los gobiernos autónomos departamentales elaborarán la planificación del procedimiento de conciliación administrativa, para ...
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