LEY No 3131 del 08 Agosto 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley del Ejercicio Profesional Medico
Ley del Ejercicio Profesional Médico
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
ARTÍCULO 1º (Objeto de la Ley).-
La presente Ley tiene por objeto regular el Ejercicio profesional Médico en Bolivia.
ARTÍCULO 2º (Ámbito de Aplicación).-
La presente Ley se aplicará en el Sistema Nacional de Salud, conformado por los sectores: Público; Seguridad Social; Privado sin fines de lucro y Privado con fines de lucro, legalmente autorizados.
CAPÍTULO II
Principios y definiciones
ARTÍCULO 3º (Principios).-
a) La profesión médica está consagrada a la defensa de la vida, cuidando de la salud integral de la persona, familia y comunidad.
b) El médico ejerce una labor en el marco de la probabilidad de toda ciencia para obtener resultados probables.
c) El médico en el ejercicio de su profesión actuará con autonomía e independencia, guiado por normas y protocolos vigentes.
d) En el ejercicio profesional médico, inclusive en la enseñanza de la medicina, el secreto médico es inviolable salvo las excepciones previstas en la presente Ley.
ARTÍCULO 4º (Definiciones).-
ACTO MÉDICO: Toda intervención profesional del ...
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