LEY No 3009 del 24 Marzo 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Créase el Consejo Nacional de Acreditación de la Educación Superior (CONAES).
LEY DEL CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR - CONAES
LEY Nº 3009
LEY DE 24 DE MAYO DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TITULO I
CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACION DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CAPITULO I
DEFINICIÓN DEL OBJETO
ARTICULO 1º.-
Créase el Consejo Nacional de Acreditación de la Educación Superior (CONAES), como persona jurídica de derecho público que funciona de manera independiente del Gobierno Nacional y de las instituciones de Educación Superior.
ARTICULO 2º.-
El CONAES es la institución oficial y de carácter público de acreditación de la República, bajo su responsabilidad la acreditación de la calidad de los programas académicos y de las instituciones de Educación Superior, así como la
coordinación , supervisión y ejecución de los procesos de evaluación externa conducentes a la acreditación.
ARTICULO 3º.-
El CONAES tiene su domicilio legal en la ciudad de Cochabamba.
ARTICULO 4º.-
El CONAES, tiene por objeto:
a) Dar fe ante la Sociedad Boliviana sobre la calidad de las instituciones de
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