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LEY No 2904 del 18 Noviembre 2004 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declárese de prioridad nacional el desarrollo integral de los ayllus pacificados del norte de Potosí y Oruro


DECLARESE DE PRIORIDAD NACIONAL EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS AYLLUS PACIFICADOS DEL NORTE DE POTOSÍ Y ORURO

LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Se declara de prioridad nacional el desarrollo integral de los Ayllus Pacificados que comprende a los Ayllus Laime, Puraka y Jukumani del Municipio de Uncia Provincia Bustillo Distrito Indigena Q`ampaya del Ayllu Pocoata del Municipio de Pocoata de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí, Qaqachaka Norte Condo, K`ulla del Municipio de Challapata y Ayllus de Challapata de la Provincia Avaroa del Departamento de Oruro, constituidos en Distritos Indigenas de los Ayllus en Paz.

ARTICULO 2º.-

Se autoriza al Poder Ejecutivo a través de las instancias competentes conjuntamente las Prefecturas Departamentales de Potosí y Oruro y los Muncipios involucrados gestionar el financiamiento interno y externo para la ejecución del Plan Integral de Desarrollo de los Ayllus en Paz.

ARTICULO 3º.-

El Poder Ejecutivo, a partir de la promulgación de la presente Ley, en un plazo de 60 días elaborará la reglamentación correspondiente.

Remitase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso ...

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