LEY No 2494 del 04 Agosto 2003 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana
LEY Nº 2494
Ley de 4 de agosto de 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
LEY DE SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
TÍTULO I
DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (Objeto).-
Créase el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, con la finalidad de
articular y coordinar de manera eficaz y eficiente las políticas, planes, proyectos y programas emergentes del poder público y de todas las personas de la comunidad, en el país y en los diferentes departamentos, sin discriminación ni exclusión alguna, destinados a asegurar el libre ejercicio de los derechos, garantías y libertades constitucionales brindando mayor seguridad a la población procurando una mejor calidad de vida a todos los estantes y habitantes del territorio Nacional.
ARTÍCULO 2. (Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana).-
Se entiende por Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el conjunto coherente de principios, políticas, objetivos, estrategias, procedimientos, organismos, funciones y responsabilidades de los componentes del Estado en tal materia, Son órganos del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana: Consejo Nacional, Secretaria Técnica del Consejo Nacional, Consejos Departamentales, y Provinciales de Seguridad Ciudadana y los demás previstos por esta Ley.
ARTÍCULO 3. (Postulado).-
Hay 4332 palabras restantes para leer que son aproximadamente 18 páginas ...