LEY No 2450 del 09 Abril 2003 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de Regularización del Trabajo Asalariado del Hogar.
LEY Nº 2450
Ley de 9 de abril de 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DE REGULACIÓN DEL TRABAJO ASALARIADO DEL HOGAR
ARTÍCULO 1º (Definición).-
Trabajo asalariado del hogar, es aquel que se presta en menesteres propios del hogar, en forma continua, a un empleador o familia que habita bajo el mismo techo.
Están considerados en este sector, los(as) que realizan trabajos de cocina, limpieza, lavandería, aseo, cuidado de niños, asistencia y otros que se encuentren comprendidos en la definición, y sean inherentes al servicio del hogar.
No se considera trabajo asalariado del hogar, el desempeñado en locales de servicio y comercio, aunque se realicen en casas particulares.
ARTÍCULO 2º (Irrenunciabilidad de Derechos).-
Los derechos reconocidos por la presente Ley son irrenunciables.
ARTÍCULO 3º (Contrato).-
El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito; será escrito cuando exceda del año; a falta de éste, se presume indefinido.
Los contratos realizados sin horario o de manera discontinua, serán considerados como trabajos eventuales, por tanto, no sujetos a la presente Ley.
En caso de conflictos, se aplicarán los principios contenidos en la Legislación Procesal ...
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