LEY del 19 de Enero de 1900 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: VACA DIEZ.-SE CREA EN EL DEPARTAMENTO DEL BENI LA PROVINCIA DE ESTE NOMBRE.
LEY DE 19 DE ENERO
VACA DIEZ.-Se crea en el Departamento del Beni la provincia de este nombre.
JOSE MANUEL PANDO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO, la Convención Nacional ha sancionado la siguiente ley:
LA CONVENCION NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.º - Se crea en el Departamento del Beni una cuarta provincia que se la denominará Vaca Diez, compuesta de los cantones Riberalta y Villa Bella, y de los vicecantones Esperanza, Yata, Guayaramerín, Ivon y Florida, que se elevan á tal rango, siendo la capital Riberalta.
Art. 2.º -Dicha provincia se dividirá en dos secciones: la primera Riberalta, con los vicecantones Florida é Ivon, tendrá por límites, al Norte el camino "Vaca Diez", de Florida á Guayaramerín, al Este el río Mamoré, al Oeste el río Beni, al Sud una línea que partiendo de la confluencia del Itenez con el Mamoré se dirija á las cabeceras del río Genesuaya hasta su confluencia con el Beni y que será el límite con la provincia de Yacuma.
La 2.ª- sección Villa Bella y los vicecantones Esperanza, Yata y Guayaramerín, tendrá por límites al Norte, Oeste y Este los rios Beni y Mamoré hasta el límite con el Brasil, al Sud el caminó "Vaca Diez" que la separa de Riberalta.
Art. 3.º-Ambas secciones tendrán su respectiva Junta Municipal compuesta de ...
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