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LEY No 1737 del 17 Diciembre 1996 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Ley de la Política Nacional del Medicamento


Ley del Medicamento

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

POLÍTICA NACIONAL DEL MEDICAMENTO

CAPÍTULO I
Política Nacional del Medicamento

ARTÍCULO 1º.-

La Política Nacional del Medicamento del Estado Boliviano deberá cumplir los siguientes objetivos

a) Disponer de medicamentos que garanticen inocuidad, eficacia, y calidad demostrada, evitando la presencia de fármacos de dudosa calidad, ineficiencia farmacológica o de riesgo terapéutico

b) Facilitar y promover el uso racional del medicamento

c) Lograr el abastecimiento regular y permanente de medicamentos esenciales en el sistema Nacional de Salud destinados a cubrir los programas del Ministerio de Desarrollo Humano a través de la Secretaría Nacional de Salud, especialmente para las poblaciones económicamente deprimidas y para los grupos de riesgo.

d) Considerar actividad prioritaria, a la industria farmacéutica nacional y estimular su desarrollo dentro del marco de la Política Nacional de Salud

e) Establecer mecanismos normativos descentralizados para el control de la adquisición suministro y dispensación de medicamentos, y de precios de origen para medicamentos importados

f) Establecer, incentivar y fomentar en todo el país farmacias populares y/o comunales.

CAPÍTULO II
Ámbito de la Ley

ARTÍCULO ...

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