LEY No 1737 del 17 Diciembre 1996 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de la Política Nacional del Medicamento
Ley del Medicamento
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
POLÍTICA NACIONAL DEL MEDICAMENTO
CAPÍTULO I
Política Nacional del Medicamento
ARTÍCULO 1º.-
La Política Nacional del Medicamento del Estado Boliviano deberá cumplir los siguientes objetivos
a) Disponer de medicamentos que garanticen inocuidad, eficacia, y calidad demostrada, evitando la presencia de fármacos de dudosa calidad, ineficiencia farmacológica o de riesgo terapéutico
b) Facilitar y promover el uso racional del medicamento
c) Lograr el abastecimiento regular y permanente de medicamentos esenciales en el sistema Nacional de Salud destinados a cubrir los programas del Ministerio de Desarrollo Humano a través de la Secretaría Nacional de Salud, especialmente para las poblaciones económicamente deprimidas y para los grupos de riesgo.
d) Considerar actividad prioritaria, a la industria farmacéutica nacional y estimular su desarrollo dentro del marco de la Política Nacional de Salud
e) Establecer mecanismos normativos descentralizados para el control de la adquisición suministro y dispensación de medicamentos, y de precios de origen para medicamentos importados
f) Establecer, incentivar y fomentar en todo el país farmacias populares y/o comunales.
CAPÍTULO II
Ámbito de la Ley
ARTÍCULO ...
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