LEY No 1565 del 07 Julio 1994 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de Reforma Educativa.
Ley de Reforma Educativa
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DE LA REFORMA EDUCATIVA
Título
Preliminar
Artículo Único.-
Modifícase el Código de la Educación Boliviana, en sus cinco Títulos, sesenta y tres Capítulos y trescientos veintinueve Artículos en la siguiente forma:
"TÍTULO I
DE LA EDUCACION BOLIVIANA
CAPÍTULO ÚNICO
BASES Y FINES DE LA EDUCACION BOLIVIANA
Artículo 1º.-
Para la transformación constante del Sistema Educativo Nacional en función de los intereses del país como un proceso planificado, continuo y de largo alcance, la educación boliviana se estructura sobre las siguientes bases fundamentales:
1. Es la más alta función del Estado, porque es un derecho del pueblo e instrumento de liberación nacional y porque tiene la obligación de sostenerla, dirigirla y controlarla, a través de un vasto sistema escolar.
2. Es universal, gratuita en todos los establecimientos fiscales y obligatoria en el nivel primario, porque contiene postulados democráticos básicos y porque todo boliviano tiene derecho a igualdad de oportunidades.
3. Es democrática porque la sociedad participa activamente en su planificación, organización, ejecución y evaluación, para que responda a sus intereses, ...
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