Ley de Inmuebles
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
De conformidad al artículo 59, atribución 7, de la
Constitución Política del Estado, se autoriza la enajenación del lote de terreno de propiedad de la Fuerza Aérea Boliviana, ubicado en la ciudad de La Paz, inscrito en el Registro de Derechos Reales bajo la partida 645 fojas 646 libro "C" del 28 de abril de 1967, y el nuevo registro computarizado Nº 01155531 del 6 de abril de 1992, sobre la base de su evaluación técnica, debiendo seguirse al efecto el procedimiento legal correspondiente.
ARTÍCULO 2º.-
Los recursos provenientes de dicha venta, se destinarán exclusivamente al pago de obras de conclusión del edificio de propiedad de la Fuerza Aérea Boliviana, ubicado en la Plaza Isabel la Católica de la ciudad de La Paz.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de mayo de 1994.
Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. ...
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