LEY No 1340 del 28 de Mayo de 1992 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Código Tributario
Código Tributario
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
TÍTULO I
De las normas tributarias
CAPÍTULO I
Disposiciones preliminares
ARTÍCULO 1º.-
Las disposiciones de este Código se aplicarán a todos los tributos de carácter nacional, departamental o municipal, y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos.
También son aplicables a las obligaciones legales tributarias establecidas a favor de personas de derecho público descentralizadas y no estatales, siempre que no existan disposiciones especiales, en cuyo caso tendrán carácter supletorio.
ARTÍCULO 2º.-
Constituyen fuentes del derecho tributario:
1°) Las normas constitucionales.
2°) Las convenci
ones internacionales.
3°) Las Leyes.
4°) Los Decretos Supremos, los reglamentos, las resoluciones y demás disposiciones de carácter general dictadas por el Poder Ejecutivo o los distintos órganos administrativos nacionales y locales facultados al efecto.
ARTÍCULO 3º.-
Las resoluciones, circulares, órdenes e instrucciones internas impartidas por los órganos
Administrativos o sus dependencias jerárquicas a sus funciones, no son de observancia obligatoria para los
Contribuyentes y responsables.
ARTÍCULO 4º.-
Solo la Ley puede:
Hay 28347 palabras restantes para leer que son aproximadamente 114 páginas ...