LEY Nº 066
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:
LEY QUE MODIFICA EL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIFICOS (ICE)
ARTÍCULO 1.-
I. Se modifica las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos, de los productos contenidos en la Tabla 1 del Parágrafo I del Anexo del Artículo 79 de la
Ley Nº 843 (Texto Ordenado aprobado por
Decreto Supremo Nº 27947, de 20 de diciembre de 2004), sustituido por el Artículo 2 de la
Ley Nº 3467, de 12 de septiembre de 2006, de la siguiente manera:
"Tabla 1"
PRODUCTO
ALICUOTA PORCENTUAL
Cigarrillos rubios
55%
Cigarrillos negros
50%
Cigarros, tabacos para pipas y cualquier otro producto elaborado de tabaco.
50%
"
II. Se sustituye el Parágrafo II del Anexo del Artículo 79 de la
Ley Nº 843 (Texto Ordenado aprobado por
Decreto Supremo Nº 27947, de 20 de diciembre de 2004), de la siguiente manera:
"II. Productos gravados con alícuotas específicas y porcentuales:
Hay 795 palabras restantes para leer que son aproximadamente 4 páginas ...