DECRETO SUPREMO Nº 27040 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, establece los Sistemas de Administración y Control Gubernamental, determinando que el Ministerio de Hacienda es el Organo Rector del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
QUE LA
LEY Nº 2446 DE 19 DE MARZO DE 2003, DE ORGANIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO, SEÑALA EN EL ARTÍCULO 4, ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL MINISTRO DE HACIENDA, INCISO C) QUE ÉSTE EJERCE LAS FACULTADES DE AUTORIDAD FISCAL Y ORGANO RECTOR DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS.-
Que es importante la ejecución eficiente de los procesos de contratación tendientes a facilitar y agilizar la ejecución de los Programas Operativos de las distintas entidades del sector público.
Que el Gobierno Nacional en el marco del Plan Bolivia, ha establecido entre sus políticas prioritarias, la lucha contra la corrupción, promoviendo el fortalecimiento de las entidades estatales y la modernización de sus sistemas de gestión, con el objeto de procurar mayor eficiencia y transparencia en la gestión publica.
Que las Contrataciones del Estado se constituyen en uno de los aspectos más sensibles, del inadecuado manejo de los recursos estatales y la comisión de prácticas corruptas y fraudulentas, debiendo contar con un marco jurídico normativo estable, que ...
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