DECRETO SUPREMO No 4134 del 20 de Enero de 2020 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Establece la prohibición del uso de la imagen de altas autoridades, en las entidades y empresas públicas del Órgano Ejecutivo.
DECRETO SUPREMO N° 4134
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 232 de la Constitución Política del Estado, determina que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Que el numeral 5 del Artículo 235 del Texto Constitucional, establece que es obligación de las servidoras y los servidores públicos respetar y proteger los bienes del Estado, y abstenerse de utilizarlos para fines electorales u otros ajenos a la función pública.
Que de conformidad a los principios constitucionales que rigen axiológicamente el servicio público, la administración pública debe ejercerse en estricto servicio al pueblo boliviano y no someterse a intereses político partidarios.
Que es necesario normar el uso de la imagen de las altas autoridades en las entidades y empresas públicas del Órgano Ejecutivo, en conformidad a los principios rectores y valores supremos del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la prohibición del uso de la imagen de altas autoridades, en las entidades y empresas públicas del Órgano Ejecutivo.
ARTÍCULO 2.- (PROHIBICIÓN).
I. Se prohíbe el uso de la imagen de altas autoridades en:
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