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DECRETO SUPREMO No 2125 del 24 de Septiembre de 2014 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autoriza la asignación de recursos y establece las condiciones del préstamo de recursos financiados por el Fondo para la Revolución industrial Productiva - FINPRO, a favor del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM, para la Empresa Pública Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL.


DECRETO SUPREMO N° 2125
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

Que el Parágrafo I del Artículo 318 del Texto Constitucional, dispone que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.

Que la Ley Nº 232, de 9 de abril de 2012, crea el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece los mecanismos de financiamiento y asignación de sus recursos para la implementación de emprendimientos productivos.

Que la Disposición Adicional Segunda de la Ley Nº 550, de 21 de julio de 2014, modifica el Parágrafo III del Artículo 3 de la Ley Nº 232, ampliando la finalidad del FINPRO a otros proyectos productivos.

Que el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 1367, de 3 de octubre de 2012, que Reglamenta la Ley Nº 232, ...

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