DECRETO SUPREMO No 9609 del 10 de Marzo de 1971 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Reglamenta las obligaciones de Agentes de Retención de Impuestos en la forma que señala.
DECRETO SUPREMO Nº 09609
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente tomar las medidas necesarias para reprimir la evasión fiscal de los impuestos a la renta, que en algunos sectores de contribuyentes se halla muy extendida;
Que, la administración tributaria puede, a través de un régimen de retenciones en la fuente, establecer un mecanismo de fiscalización y control de las distintas rentas de personas obligadas al pago del impuesto;
Que, el sistema de retención en la fuente, no sólo constituye un eficáz mecanismo de fiscalización contemplado ya en el Código Tributario, sino que también facilita a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones impositivas al hacerlas éstas menos pesadas, por cuanto parte del impuesto es pagado a tiempo de percibir la renta.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO 1.- Designación de Agentes de retención.-Los profesionales independientes, las personas físicas que ejerzan actividades industriales, comerciales, financieras y de seguros y, en general, las sociedades mercantiles, sociedades y asociaciones civiles, con o sin personalidad jurídica, las instituciones descentralizadas y empresas del Estado y todos los entes autónomos de carácter nacional, departamental, municipal y universitario, son instituídos Agentes de retención para los efectos y con las obligaciones que se establecen en el presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- Obligación principal: retención a cuenta.-A partir ...
Hay 2590 palabras restantes para leer que son aproximadamente 11 páginas ...