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DECRETO SUPREMO No 8596 del 11 de Diciembre de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se autoriza al Banco Central de Bolivia, ampliar por seis meses la línea de crédito en favor del Banco Minero de Bolivia hasta la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS



DECRETO SUPREMO Nº 08596
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 07863 de 30 de noviembre de 1966, el Banco Central de Bolivia, concedió una línea de crédito al Banco Minero de Bolivia hasta la suma de $us. 1.300.000.-, con objeto de asegurar la continuidad de las operaciones de rescate y comercialización de minerales de esta Entidad;
Que, frente a mayores requerimientos de capital por el Banco Minero de Bolivia, motivaron un sobregiro hasta la suma de $us. 2.600.000-, el mismo que fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 08187 de 13 de diciembre de 1967;
Que, en la práctica se ha demostrado la insuficiencia del crédito rotativo concedido, como consecuencia del incremento de la producción realizada por la minería pequeña, consiguientemente se hace necesario ampliar dicha línea de crédito para atender la compra y exportación de minerales por parte del Banco Minero de Bolivia;
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACIÓN

DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia, ampliar por seis meses la línea de crédito en favor del Banco Minero de Bolivia hasta la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us 3.600.000-) con sujeción a las disposiciones contenidas en los artículos 8º, ...

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