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DECRETO SUPREMO No 809 del 24 de Junio de 1947 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: AGUAS POTABLES.- DESTÍNASE UN MILLON DE BOLIVIANOS PARA ESTE SERVICIO EN LA CIUDAD DE TARIJA.



DECRETO SUPREMO Nº 809

AGUAS POTABLES.- Destínase UN MILLON DE BOLIVIANOS para este servicio en la ciudad de Tarija.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:
Que es urgente asegurar el buen servicio de aguas potables a la ciudad de Tarija, para lo cual se hace necesario ejecutar la conveniente reparación del canal de aducción, a fin de que dicha capital no se vea privada de tan indispensable servicio;

CONSIDERANDO:
Que si no se dota este servicio con el suficiente caudal de agua, no será posible poner en funcionamiento las obras del alcantarillado que ha sido terminado en la ciudad de Tarija.

DECRETA:


ARTÍCULO LO.- Con cargo a "Obligaciones del Estado", destínase la suma de UN MILLON DE BOLIVIANOS (Bs. 1.000.000.-) para las obras de captación de aguas potables en la ciudad de Tarija. Esta asignación será pagada en tres partidas mensuales de a Bs 333.333.33, en julio, agosto y septiembre del presente año.


ARTÍCULO 2O.- La suma indicada será depositada en una cuenta especial de la Dirección General de Hidráulica y Electricidad, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, denominada "Cuenta Aguas Potables Tarija".


ARTÍCULO 3O. - Las sumas parciales indicadas en el artículo primero serán giradas a la Dirección de ...

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